JSMP 25-013 Reconstrucción de verja de perímetro y caseta para la guardia de seguridad de la UPR en Aguadilla

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El alcance del trabajo incluye la rehabilitación de la verja de perímetro, conforme al plano y las especificaciones. Los trabajos en la caseta del guardia comprenden la pintura general, el sellado de techos, el reemplazo de celosías en las ventanas, las coberturas interiores, el reemplazo de plafones acústicos, las terminaciones cosméticas de los enlizados de cemento (empañetados), el reemplazo de lámparas y la instalación de equipos de protección eléctrica para salvaguardar el sistema de alarma contra incendios y el equipo de datos. Los trabajos arquitectónicos se limitarán a los reemplazos por elementos idénticos a los existentes, sin modificar los espacios o las estructuras de los edificios. No se realizarán cambios en la infraestructura eléctrica principal ni en los paneles de distribución existentes. Para más información refiérase al Manual de proyecto.

Sin existencias

Categoría:

Descripción

 

Recogido de Pliegos:  Del 16 al 23 de abril de 2025
Reunión Presubasta y

«Site visit»:

28 de abril de 2025 – no compulsoria
Lugar:

 

 

 

Sala de Junta y Senado del Edif. 254

de la Universidad de Puerto Rico en Aguadilla

Antigua Base Ramey

Aguadilla, Puerto Rico 00604

Hora: 10:00 a.m.
Entrega de ofertas: En o antes del 30 de mayo de 2025
Lugar: Secretaría JSMP – 3er piso de Administración Central – UPR
Hora: Hasta las 10:00 a.m.
Apertura de Ofertas: 30 de mayo de 2025
Lugar: Terraza – 3er piso de Administración Central – UPR
Hora: 10:00 a.m.

 

Estos trabajos serán sufragados con fondos federales de la Federal Emergency Management Agency (FEMA) y del Community Development Block Grant Disaster Recovery (CDBG-DR) proporcionados por el Departamento de la Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos (HUD, por sus siglas en inglés).  CDBG-DR – DBRA se aplicarán las disposiciones de las normas laborales federales, incluidos los requisitos salariales prevalecientes de Davis Bacon y Leyes Relacionadas. En caso de que ocurra un conflicto entre la Orden Ejecutiva Federal y la Orden Ejecutiva de Puerto Rico, prevalecerá la más alta de las dos.